El juez Juan Carlos Peinado dio un paso inesperado la semana pasada al situar a Begoña Gómez a un paso del banquillo. El ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, reaccionó ese mismo día. “Ha avergonzado a muchos jueces y magistrados”, dijo. La réplica no se hizo esperar y varias asociaciones judiciales le afearon el comentario. La Asociación Judicial Francisco de Vitoria (AJFV) ―la segunda en número de miembros― hasta le envió una carta acusándole de señalar a un togado con un “ataque personal”. Bolaños ha respondido por la misma vía, reivindicando su derecho a hacer una “legítima crítica” ante una situación, la de esta causa, que considera “anormal”.
En la misiva, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, el ministro aclara que no ha existido “señalamiento o ataque personal alguno“. ”No hago ninguna referencia personal descalificatoria al instructor”, subraya. Bolaños enmarca sus palabras en “una legítima crítica sobre unas determinadas resoluciones judiciales”, en el ejercicio de su derecho fundamental a la libertad de expresión, y “desde el total respeto y confianza en el Poder Judicial en su conjunto, y en el sistema de garantías y recursos de nuestro Estado de Derecho”. “De hecho, así lo expresé y lo seguiré haciendo con todo el respeto y contención, como hago siempre”, avanza.
El ministro afirma que se ha limitado a poner de relieve “un hecho objetivo y extraordinario que afecta a esta causa: alrededor de una quincena de resoluciones dictadas por este magistrado en la instrucción de un único procedimiento han sido anuladas parcial o totalmente por la Audiencia Provincial y el Tribunal Supremo”. A eso suma que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aún tiene pendiente resolver varias quejas contra Peinado, incluida una suya. En su opinión, “esta circunstancia no puede calificarse de habitual”. “Muy al contrario, es muy anormal”, asegura, defendiendo que denunciar esto “no implica descalificación personal alguna, sino realizar una valoración de una realidad incuestionablemente excepcional”.
Además, descarta que la independencia judicial y la separación de poderes puedan verse “mínimamente afectadas”, ya no solo por sus palabras, sino por “cualquier declaración pública”, dado que “el derecho a la crítica razonada constituye una manifestación nuclear del derecho fundamental a la libertad de expresión”. En concreto, sostiene que “la crítica jurídica” a las resoluciones judiciales está protegida por la Constitución.
Pese a este desencuentro, Bolaños reconoce la “imprescindible labor” de las asociaciones judiciales, ratificando su “plena disposición” a mantener “un diálogo institucional leal y constructivo”, como hasta ahora. “Estoy convencido de que el fortalecimiento de nuestras instituciones exige asumir con normalidad la existencia de un debate público informado y plural, en el que participaré y trabajaré siempre buscando la mejora del servicio público de justicia y la defensa del buen nombre de la justicia”, se despide.
De esta forma, Bolaños responde a la AJFV, que se dirigió a él por escrito para trasladarle que considera “inadmisible” que haya “ataques personales desde el Ejecutivo a quienes ejercen la jurisdicción”. “No estamos ante una discrepancia jurídica planteada por los cauces ordinarios. Estamos ante declaraciones realizadas desde el poder ejecutivo sobre un juez identificado y respecto de un procedimiento en curso”, aseveró la asociación judicial. Para la AJFV, “un Gobierno puede discrepar de las resoluciones judiciales”, pero “lo que no puede hacer es convertir esa discrepancia en un señalamiento personal”. A su juicio, “la gravedad es aún mayor cuando quien lo hace es precisamente el ministro de Justicia, a quien corresponde actuar con prudencia, contención y respeto hacia otro poder del Estado”. Por ello, le urgió a poner fin a lo que calificó como una “dinámica de confrontación con el Poder Judicial”.
La última decisión de Peinado
El detonante de esta última polémica fueron las declaraciones que Bolaños hizo a la prensa tras conocerse la última decisión del titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid. “Creo que ha avergonzado a muchos ciudadanos de nuestro país. Ha avergonzado a muchos jueces y magistrados de nuestro país. Creo que el daño que se ha hecho al buen nombre de la justicia es un daño que, seguramente, en muchos aspectos será irreparable. Pero, no obstante, mi confianza absoluta en que un tribunal superior, un tribunal imparcial, vaya a revocar las decisiones que se están adoptando en esta instrucción No tengo ninguna duda de que en este caso, donde nada hay, por mucho que se revuelva, pues nada se podrá establecer”, dijo el ministro.
Peinado propuso juzgar a la mujer del presidente del Gobierno por cuatro delitos ―malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida de marca― tras dos años de una polémica instrucción. Dejó fuera el quinto delito por el que la venía investigando (intrusismo profesional), pero insistió en que Gómez se prevalió presuntamente de su relación con Pedro Sánchez para influir en autoridades y funcionarios e impulsar su carrera privada con el desarrollo de una cátedra que codirigía en la Universidad Complutense de Madrid (UCM). También propuso juzgar a la asistente personal de Gómez, Cristina Álvarez, por esos mismos delitos, y al empresario Juan Carlos Barrabés, por tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
La acusación popular que lidera Hazte Oír ya ha presentado escrito con petición de penas para un hipotético juicio con tribunal del jurado. Para Gómez, pide una condena a hasta 24 años de cárcel; de 22, para Álvarez; y de 6, para Barrabés. Las defensas, por su parte, han recurrido la decisión judicial. “Da la sensación de que se pretende llegar a un objetivo, aunque sea a costa de masacrar la verdad”, recrimina Gómez en su escrito de impugnación ante la Audiencia Provincial de Madrid. La Fiscalía también ha reclamado el archivo reprochando a Peinado que ha provocado una “deliberada confusión” en el relato de los hechos para tratar de “dibujar” delitos ante “la inexistencia de los mismos”. “Con independencia de consideraciones éticas o estéticas, de la conveniencia o inconveniencia de ciertas actuaciones, la mera relación conyugal de Begoña Gómez no puede operar […] como influencia”, sostiene el ministerio público.