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Empleo público

El Supremo Niega La Fijeza A Los Temporales Sin Oposición: “Me Contratan Siempre El 1 De Septiembre Y Me Despiden El 31 De Agosto”

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El Tribunal Supremo ha cerrado la puerta a que, con carácter general, los empleados públicos que hayan sufrido un encadenamiento abusivo de contratos temporales puedan convertirse en fijos sin haber superado un proceso selectivo. En una sentencia hecha pública este martes, el pleno de la Sala de lo Social sostiene que permitir esa conversión vulneraría los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, además de impedir el acceso al empleo público al resto de ciudadanos. “La contratación temporal (…) sin superar un procedimiento de acceso al empleo público (…) no permite que esos trabajadores adquieran la condición de fijos”, señala el fallo.

No obstante, el alto tribunal sí admite la conversión en fijos en un supuesto muy concreto: el de aquellos trabajadores que hayan participado en una oposición o un concurso-oposición con pruebas eliminatorias, hayan demostrado su capacitación y, pese a ello, no hayan obtenido plaza por falta de vacantes, continuando posteriormente con contratos temporales de forma abusiva. Quedan así excluidos los empleados que accedieron mediante concursos de méritos, bolsas de trabajo u otros procesos sin pruebas eliminatorias.

La sentencia se dicta en consonancia con el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del pasado 14 de abril, que cuestionó si la normativa española sanciona adecuadamente el abuso de la temporalidad en el sector público. Frente a esa crítica, el Supremo considera que las medidas adecuadas pasan por el pago de indemnizaciones y por la remisión del caso a la Inspección de Trabajo para que inicie procedimientos sancionadores. El Gobierno, por su parte, interpreta el fallo como una ratificación de la doctrina ya consolidada por el propio tribunal y alineada con el criterio del Tribunal Constitucional.

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Bajas laborales

El Gobierno Ultima El Decreto Que Activará La Jubilación Parcial Del Personal Laboral De Las Administraciones

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El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ultima la redacción de un real decreto ley que permitirá activar la jubilación parcial de miles de empleados públicos con categoría de personal laboral. El retiro de este colectivo está paralizado por la imposibilidad de que las administraciones empleadoras contraten a trabajadores relevistas que les sustituyan, tal y como exige un cambio legal que entró en vigor en abril de 2025. Desde esa fecha las administraciones mantienen en suspenso los retiros anticipados de este colectivo formado por unos 700.000 trabajadores del sector público, la mitad de ellos empleados de ayuntamientos y universidades.

La inminente aprobación de este real decreto ha sido una de las cuestiones abordadas este lunes en la reunión de la mesa del diálogo social sobre pensiones y gestión de las bajas por enfermedad que mantiene abierta el Gobierno con los agentes sociales. Esta mesa quedó en pausa hace dos meses ante la negativa de los sindicatos de seguir adelante con la negociación de mejoras en la gestión de las bajas laborales por incapacidad temporal (IT) hasta que no se solucionaran dos cuestiones: la citada parálisis de las jubilaciones parciales de personal laboral de las administraciones; y la interpretación de los coeficientes reductores de los jubilados anticipados con bases reguladoras altas.

Este último asunto ya ha quedado resuelto con una instrucción del Instituto Nacional de Seguridad Social, que mandata que se haga la interpretación correcta para determinar la cuantía de estas pensiones, así como la revisión de oficio desde enero pasado de todas las prestaciones de este tipo reconocidas. La reactivación de los retiros parciales del personal laboral se solucionará con el decreto que ultima Seguridad Social y que, en teoría, recogerá el contenido de un principio de acuerdo al que han llegado los representantes de los sindicatos CC OO y UGT con los Ministerios de Seguridad Social y Función pública. Este acuerdo recoge dos fórmulas para que estos retiros puedan llevarse a cabo cumpliendo la ley que obliga a que los relevistas tengan contrato fijo a jornada completa. Estas vías consistirán en la contratación de trabajadores o bien procedentes de un proceso selectivo ya superado, o bien la contratación de interinos cuya plaza estará vinculada a la correspondiente oferta pública de empleo.

En principio el real decreto ley solo incluirá esta modificación en la contratación de relevistas para los retiros parciales del personal laboral de las administraciones públicas, que es el único que tiene aprobado y regulado este tipo de jubilación en el que se puede adelantar la edad de jubilación entre dos y tres años a cambio de reducir la jornada y el sueldo proporcionalmente y que el resto de jornada la haga un trabajador con contrato de relevo suscrito a tal fin. Si bien, el secretario confederal de Políticas Públicas y Protección Social de Comisiones Obreras, Carlos Bravo, ha indicado que los sindicatos han reclamado también al Ejecutivo que incluya en ese decreto, el reconocimiento de la jubilación parcial al resto de los empleados públicos (funcionarios de carrera e interinos y estatutarios), algo que también pactó el Gobierno con CC OO y UGT y se encuentra actualmente en una enmienda a la Ley de Función Pública, cuya tramitación se encuentra atascada en el Parlamento.

Medidas que no sean polémicas

No obstante, Bravo ha insistido en que dicho decreto solo debe incluir medidas “nada polémicas y que reúnan el consenso no solo de todos los agentes sociales sino también de una mayoría parlamentaria clara” para que exista una total garantía de que va a ser consolidado en el Congreso de los Diputados, en el mes siguiente a su publicación por el Boletín Oficial del Estado (BOE). En este escenario, fuentes asistentes a la reunión han señalado que el Gobierno estaría interesado en incluir algunas medidas sobre las mejoras en la gestión de las bajas laborales (que también se negocian en esta mesa) pero los sindicatos hacen hincapié en que la norma solo recoja cuestiones cuya aprobación parlamentaria esté asegurada.

Entre estas otras medidas que abordará esta mesa y que podrían tener más fácil ser avaladas por un consenso suficiente están, por ejemplo, el reconocimiento de las pensiones de viudedad en relaciones no inscritas como pareja de hecho, pero que cuenten con hijos y una convivencia acreditable; o el reconocimiento de los coeficientes de jubilación anticipada sin recortes de los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) en el ámbito aéreo, según ha señalado la responsable de políticas de Seguridad Social y Empleo de UGT, Cristina Estévez. “El resto de medidas más controvertidas podrán seguir debatiéndose en esta mesa”, insisten desde CC OO.

Precisamente, en la reunión de este lunes, los sindicatos han trasladado al Gobierno su propuesta para mejorar la gestión de la IT, donde destacan dos propuestas, que no serán fáciles de acordar. La primera consiste en modificar la ley para que las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social sean plenamente públicas, también en su dirección. En segundo lugar, proponen que las mutuas estén obligadas a tratar hasta su curación las enfermedades musculoesqueléticas que los trabajadores consideren que han adquirido por las características de su puesto de trabajo. Y solo una vez que el trabajador se haya curado, si la mutua considera que la enfermedad no estaba vinculada a su actividad, reclame la cuantía de ese proceso a la sanidad pública.

Ahora, los responsables de Seguridad Social, se han comprometido, según Estévez, a entregar a los agentes sociales una nueva propuesta en materia de gestión de las incapacidades temporales, tras tener en cuenta las aportaciones de los asistentes a esta mesa de diálogo social. Por su parte, los empresarios no son optimistas con la marcha de esta negociación, en la que este lunes no han visto ningún tipo de avance, según las fuentes patronales consultadas.

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